VISTO la
Resolución Nº 2205/09, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Resolución se creó en el ámbito de la Dirección
General de Cultura y Educación el Comité para el Seguimiento de las Condiciones
de Salubridad, con el objeto de definir y comunicar las acciones que se
llevarán a cabo, con la respectiva metodología y cronograma de actividades, a
los efectos de la prevención de enfermedades y la generación de conciencia de
higiene y salubridad;
Que dicho comité es presidido por el
señor Director General de Cultura y Educación, coordinado por el señor Director
Provincial de Consejos Escolares e integrado por representantes de esta
Jurisdicción, del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, del
Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, de las Honorables
Cámaras Legislativas de la Provincia y de los Gremios Docentes y no Docentes;
Que a efectos de instar al cumplimiento de las acciones que el Comité
comunique, con su metodología y cronograma de actividades, en forma unificada
en todo el territorio provincial es preciso incluir en todas las medidas que se
apliquen a los servicios educativos de gestión privada;
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69, inciso e),
de la Ley Nº 13.688 puede dictarse el presente acto administrativo;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Determinar que
todas las medidas emandas del Comité para el Seguimiento de las Condiciones de
Salubridad creado en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación
deberán ser recepcionadas y cumplimentadas en los servicios educativos de
gestión privada.
ARTÍCULO 2º. Establecer que los
objetivos y planificaciones elaborados por el Comité para el Seguimiento de las
Condiciones de Salubridad serán comunicadas a todos los servicios educativos de
gestión privada a través de la Dirección Provincial de Educación de Gestión
Privada, quien asimismo tendrá a su cargo el seguimiento y control del
cumplimiento de las mismas.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la
presente Resolución será refrendada por los señores Subsecretarios de Educación
y Administrativo de este Organismo.
ARTÍCULO 4º. Registrar la
presente Resolución, la que será desglosada para su archivo en la Dirección de
Coordinación Administrativa. Notificar a las Subsecretarías de Educación y
Administrativa; a la Auditoría General, a la Dirección Provincial de Consejos
Escolares y a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada Cumplido,
archivar.
RESOLUCIÓN
N° 2208